Las firmas electrónicas son legales en Brunéi y están reguladas principalmente por la Ley de Transacciones Electrónicas de 2001 (“ETA”).
Brunéi reconoce dos tipos de firmas electrónicas: firmas electrónicas seguras y firmas digitales seguras.
ETA define una firma electrónica como cualquier símbolo en forma alfabética, de caracteres, numérica u otra forma digital, adjunto o lógicamente asociado a un registro electrónico, y que tiene la intención de autenticar o aprobar ese registro electrónico.
Si se puede verificar que todas las firmas electrónicas son válidas en el momento de la firma mediante la implementación de un procedimiento de seguridad prescrito o un procedimiento de seguridad comercialmente razonable acordado por las partes relevantes, cumple con los requisitos de una firma electrónica segura:
Es única para la persona que la utiliza;
Es capaz de identificar a esa persona;
Se crea de una manera o por medios bajo el control exclusivo de la persona que utiliza el método;
Está asociada con el registro electrónico relacionado, y si el registro se cambia, la firma electrónica no es válida.
La Sección 18 de la Ley ETA también establece que: en cualquier procedimiento relacionado con una firma electrónica segura, se presumirá, a menos que se presente evidencia en contrario, que:
La firma electrónica segura es la firma de la persona a la que está relacionada;
La firma electrónica segura fue adjuntada por esa persona con el propósito de firmar o aprobar el registro electrónico.
La firma electrónica predeterminada de eSignGlobal puede cumplir con los requisitos de Brunéi para una firma electrónica segura
ETA define una “firma digital” como una firma electrónica que resulta de la transformación de un registro electrónico mediante el uso de un sistema de criptografía asimétrica y una función hash de tal manera que una persona que posea el registro electrónico inicial no transformado y la clave pública del firmante pueda determinar con precisión lo siguiente:
Si la transformación se creó utilizando la clave privada que corresponde a la clave pública del firmante;
Si el registro electrónico inicial ha sido alterado desde la transformación.
La Sección 20 de la ETA también establece que: cuando cualquier parte de un registro electrónico se firma utilizando una firma digital, la firma digital se considerará una firma electrónica segura de esa parte del registro si:
La firma digital se creó durante el período operativo de un certificado válido y se verifica mediante referencia a la clave pública que figura en este certificado;
El certificado se considera confiable porque vincula con precisión la clave pública con la identidad de un individuo.
La firma proporcionada por eSignGlobal después de la integración con un proveedor de servicios de confianza local puede cumplir con los requisitos de Brunéi para una firma digital segura
Las firmas electrónicas se pueden utilizar en los siguientes escenarios, entre otros:
Documentos de recursos humanos, como contratos de trabajo, documentos de beneficios y otros documentos de incorporación de nuevos empleados
Acuerdos comerciales entre entidades corporativas, incluidos documentos de compra, acuerdos de venta y acuerdos de confidencialidad
Acuerdos de consumo
Los siguientes escenarios suelen requerir el uso de firmas tradicionales:
Elaboración de cualquier instrumento legal o documento de conformidad con cualquier ley escrita relacionada con la ley islámica Sharia
Establecimiento o ejecución de un testamento de conformidad con cualquier ley escrita relacionada con los testamentos
Pagarés
Escrituras
Declaraciones de fideicomiso
Poderes notariales
Cualquier contrato para la venta o disposición de bienes inmuebles, o cualquier interés en dichos bienes
La transferencia de bienes inmuebles o la transferencia de cualquier interés en dichos bienes
Documentos de titularidad relacionados con bienes inmuebles
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Última actualización:2026-02-11