Inicio / Centro de blogs / Derecho al olvido del RGPD

Derecho al olvido del RGPD

Shunfang
2026-02-12
3 min
Twitter Facebook Linkedin

Comprender el derecho al olvido del RGPD

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que entró en vigor en toda la Unión Europea en 2018, introdujo normas estrictas para las organizaciones que procesan datos personales. En su núcleo se encuentra el “derecho al olvido” (también conocido como “derecho de supresión” en virtud del artículo 17), que faculta a las personas para exigir a las empresas que eliminen su información personal de sus sistemas en condiciones específicas. Este derecho es especialmente relevante en la era digital, donde los datos persisten indefinidamente en las plataformas, lo que afecta a diversas empresas, desde el comercio electrónico hasta los servicios en la nube. Desde una perspectiva empresarial, el cumplimiento de esta normativa no es solo una obligación legal, sino también un imperativo estratégico que influye en la confianza del cliente, los costes operativos y la competitividad del mercado.

¿Qué implica el derecho al olvido?

El derecho al olvido permite a los residentes de la UE exigir a los responsables del tratamiento (procesadores de datos) que eliminen los datos personales cuando ya no sean necesarios para los fines originales, se retire el consentimiento o el tratamiento sea ilegal. Existen excepciones, como cuando la conservación de los datos es necesaria para cumplir una obligación legal, una tarea de interés público o la libertad de expresión. Las empresas deben responder a estas solicitudes en el plazo de un mes, que puede ampliarse a tres meses para los casos complejos, y demostrar medidas proactivas como el mapeo de datos y las herramientas de eliminación automatizada.

Desde una perspectiva empresarial, esta disposición plantea retos a los sectores que dependen del almacenamiento de datos a largo plazo, como las empresas de marketing o los proveedores de SaaS. El incumplimiento puede acarrear multas de hasta el 4% de la facturación anual global o 20 millones de euros, lo que sea superior. Por ejemplo, en 2023, la Comisión de Protección de Datos de Irlanda multó a Meta con 1.200 millones de euros por insuficiencias en las transferencias de datos, lo que pone de manifiesto la severidad de la aplicación. Las empresas deben equilibrar las solicitudes de borrado con las necesidades de archivo, invirtiendo a menudo en herramientas compatibles con el RGPD para automatizar la gestión del ciclo de vida de los datos.

Impacto en las empresas de la UE

En el contexto de la UE, las soluciones de firma electrónica desempeñan un papel fundamental en la privacidad de los datos, ya que gestionan documentos sensibles que contienen información personal. El reglamento eIDAS (Reglamento sobre identificación electrónica, autenticación y servicios de confianza) complementa el RGPD al estandarizar las firmas electrónicas en los Estados miembros. Clasifica las firmas en tres niveles: firma electrónica simple (SES), firma electrónica avanzada (AdES) y firma electrónica cualificada (QES), siendo la QES la que ofrece la máxima equivalencia legal con las firmas manuscritas.

eIDAS garantiza la validez transfronteriza, pero las empresas deben integrar los principios del RGPD, incluido el derecho al olvido, en sus flujos de trabajo. Por ejemplo, cuando un usuario solicita el borrado, las plataformas deben eliminar los metadatos de la firma, los registros de auditoría y los documentos relacionados, a menos que se conserven por motivos de cumplimiento (por ejemplo, en virtud de las leyes contra el blanqueo de capitales). Esto crea obstáculos operativos: según una encuesta de Deloitte de 2024, las empresas de la UE gastan una media de 1,3 millones de euros al año en el cumplimiento del RGPD, y las herramientas de firma electrónica suelen estar en primera línea de la gobernanza de los datos.

Desde una perspectiva de observación empresarial, la interacción del RGPD con eIDAS fomenta la innovación en soluciones de privacidad por diseño. Las empresas que lo ignoran se arriesgan a dañar su reputación: piénsese en la multa de 50 millones de euros impuesta a Google en 2020 por infracciones del consentimiento. Por el contrario, las empresas que cumplen la normativa obtienen una ventaja competitiva, atrayendo a consumidores preocupados por la privacidad en un mercado en el que el 71% de los ciudadanos de la UE dan prioridad a la protección de datos, según datos del Eurobarómetro.

Retos y mejores prácticas en la aplicación

La aplicación del derecho al olvido plantea retos técnicos y éticos. Las empresas deben distinguir entre “datos personales” (por ejemplo, nombres, correos electrónicos en contratos firmados) y datos agregados anónimos. Herramientas como el software de anonimización de datos son útiles, pero el borrado completo requiere API sólidas para la eliminación masiva. En la práctica, sectores como el financiero y el sanitario se enfrentan a un mayor escrutinio debido a los requisitos de conservación en virtud de directivas equivalentes a PSD2 o HIPAA.

Las mejores prácticas incluyen la realización de evaluaciones de impacto de la protección de datos (EIPD) antes de desplegar nuevos sistemas, el nombramiento de responsables de la protección de datos (RPD) y la formación del personal para gestionar las solicitudes. Desde una perspectiva empresarial, esto se traduce en la selección de proveedores que incorporen de forma nativa herramientas compatibles con el RGPD, reduciendo el riesgo de filtraciones. Un informe de PwC de 2024 señala que las empresas que cumplen el RGPD experimentan una fidelidad de los clientes un 15% superior, lo que subraya el retorno de la inversión a largo plazo.

Los matices específicos de la UE varían: el BDSG alemán añade plazos de borrado más estrictos, mientras que la CNIL francesa hace hincapié en la transparencia. Para las firmas electrónicas, el cumplimiento de eIDAS garantiza la aplicabilidad, pero el RGPD exige que las plataformas que gestionan transacciones transfronterizas admitan el borrado sin comprometer la integridad de la firma.

Imagen

Soluciones de firma electrónica y cumplimiento del RGPD

A medida que las empresas se enfrentan al RGPD, las plataformas de firma electrónica se han convertido en una necesidad para los flujos de trabajo de documentos seguros y conformes. Estas herramientas no solo deben facilitar la firma, sino también permitir el borrado de datos para respetar el derecho al olvido. La evaluación de las opciones desde una perspectiva empresarial neutral implica el examen del cumplimiento, la usabilidad y el coste, especialmente en la UE, donde la alineación con eIDAS es innegociable.

DocuSign: Un líder del mercado con sólidas capacidades

DocuSign sigue siendo un líder en el espacio de la firma electrónica, ofreciendo soluciones escalables para las empresas. Su plataforma admite QES compatibles con eIDAS a través de integraciones con proveedores de servicios de confianza cualificados, lo que garantiza que las firmas tengan validez legal en toda la UE. Para el RGPD, DocuSign ofrece capacidades de eliminación de datos a través de su consola de administración, lo que permite el borrado masivo de sobres y datos de usuario a petición. Esto se alinea con el derecho al olvido, limpiando la información personal al tiempo que se conservan las pistas de auditoría de cumplimiento.

Desde una perspectiva empresarial, los puntos fuertes de DocuSign residen en su ecosistema global, que incluye el acceso a la API para integraciones personalizadas. Sin embargo, los usuarios de la UE señalan posibles problemas de residencia de datos, ya que los servidores principales se encuentran en los Estados Unidos, lo que requiere salvaguardias adicionales como las cláusulas contractuales estándar (CCS) posteriores a Schrems II. Los precios comienzan en 10 dólares al mes para uso personal y se amplían a planes personalizados para empresas, adecuados para operaciones de gran volumen, pero potencialmente costosos para las pequeñas y medianas empresas.

Imagen

Adobe Sign: Una alternativa centrada en la integración

Adobe Sign, parte de Adobe Document Cloud, destaca por su perfecta integración con suites de productividad como Microsoft 365 y Salesforce. Cumple con eIDAS para apoyar las operaciones de la UE, ofreciendo opciones AdES y QES a través de socios. En cuanto al RGPD, los controles de privacidad de Adobe incluyen políticas automatizadas de retención de datos y la gestión de solicitudes de borrado a través de un portal centralizado, apoyando el derecho al olvido mediante la eliminación de los detalles del firmante y los archivos adjuntos.

Desde un punto de vista empresarial, el atractivo de Adobe Sign reside en su automatización del flujo de trabajo, que se adapta bien a los equipos creativos y jurídicos. Los datos se alojan en regiones de la UE para garantizar el cumplimiento, minimizando los riesgos de transferencia. Las desventajas incluyen una curva de aprendizaje más pronunciada para los usuarios que no son de Adobe. Los precios son escalonados, a partir de unos 10 dólares al mes por usuario para los planes básicos, con cargos adicionales por las funciones avanzadas.

Imagen

eSignGlobal: Una solución de cumplimiento optimizada regionalmente

eSignGlobal se posiciona como un proveedor de firmas electrónicas compatibles con una amplia cobertura global, que soporta las regulaciones de más de 100 países importantes, incluyendo la alineación completa con eIDAS para la UE. Facilita el derecho al olvido a través de herramientas de gestión de datos fáciles de usar, permitiendo el borrado rápido de documentos y datos personales, asegurando que no quede información residual después de las solicitudes.

En la región de Asia-Pacífico (APAC), eSignGlobal tiene ventajas como el rendimiento optimizado y la rentabilidad para las transacciones transfronterizas. Por ejemplo, su plan Essential cuesta solo 16,6 dólares al mes, soporta hasta 100 envíos de documentos, asientos de usuario ilimitados y verificación de código de acceso, ofreciendo un alto valor basado en el cumplimiento. Se integra perfectamente con sistemas regionales como iAM Smart en Hong Kong y Singpass en Singapur, mejorando la usabilidad para el comercio APAC-UE. Para obtener información detallada sobre los precios, visite la página de precios de eSignGlobal.

Imagen de eSignGlobal

Comparación de los principales competidores de la firma electrónica

Para ayudar a la evaluación neutral, aquí hay una comparación Markdown de las principales plataformas, centrándose en el cumplimiento de GDPR/eIDAS, los precios y las características relacionadas con el derecho al olvido:

Característica/Plataforma DocuSign Adobe Sign eSignGlobal HelloSign (Dropbox Sign)
Soporte del derecho al olvido del RGPD Sí, borrado masivo a través de Admin; opciones de residencia de datos en la UE Sí, borrado automatizado en regiones de alojamiento de la UE Sí, herramientas de limpieza de datos fáciles de usar; cumplimiento global en más de 100 países Sí, borrado basado en solicitudes; cumplimiento básico de la UE
Cumplimiento de eIDAS (UE) QES a través de socios; soporte completo AdES/QES integrado Alineación completa con eIDAS SES/AdES; complemento QES
Precios (nivel de entrada, mensual) 10 $/usuario (Personal) 10 $/usuario (Basic) 16,6 $ (Essential, asientos ilimitados) 15 $/usuario (Essentials)
Límites de sobres 5/mes (Personal); escalable Ilimitado en niveles superiores 100/mes (Essential) 20/mes (Essentials)
Puntos fuertes clave Profundidad de la API, escala empresarial Integración con el ecosistema de Adobe Optimización APAC, rentabilidad Interfaz de usuario sencilla, integración con Dropbox
Posibles desventajas Costes elevados para funciones adicionales; centrado en EE.UU. Complejo para equipos pequeños Menor reconocimiento de marca global Automatización avanzada limitada
Ideal para Grandes empresas Empresas con uso intensivo de flujos de trabajo Operaciones híbridas APAC-UE PYMES que necesitan simplicidad

Esta tabla destaca las compensaciones: DocuSign y Adobe ofrecen madurez, mientras que eSignGlobal y HelloSign priorizan la asequibilidad y la adaptación regional.

Navegando por el cumplimiento en los mercados globales

Las empresas que operan bajo el RGPD deben considerar el derecho al olvido como un pilar de las operaciones sostenibles. Al seleccionar plataformas que combinen eIDAS con mecanismos de borrado robustos, las empresas pueden mitigar los riesgos y mejorar la eficiencia. A medida que evoluciona la privacidad de los datos, las auditorías continuas y las asociaciones con proveedores definirán el éxito comercial en la UE.

Para los usuarios de DocuSign que buscan alternativas con un fuerte cumplimiento regional, eSignGlobal destaca como una opción equilibrada para una solución optimizada y rentable.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el 'derecho al olvido' del RGPD y cómo se aplica a los flujos de trabajo de firma electrónica?
El 'derecho al olvido' del RGPD, también conocido como derecho de supresión, permite a las personas solicitar la eliminación de sus datos personales cuando ya no son necesarios para los fines para los que fueron recogidos, o cuando se retira el consentimiento. En los flujos de trabajo de firma electrónica, esto se aplica a la información personal, los perfiles de usuario o los registros de auditoría de los documentos ya firmados. Los proveedores deben evaluar las solicitudes caso por caso, teniendo en cuenta excepciones como los requisitos legales de retención de contratos.
¿Cómo deben las plataformas de firma electrónica gestionar las solicitudes de 'derecho al olvido' de los usuarios?
¿Cuáles son las excepciones comunes al 'derecho al olvido' en el contexto de la firma electrónica?
avatar
Shunfang
Jefe de Gestión de Producto en eSignGlobal, un líder experimentado con amplia experiencia internacional en la industria de la firma electrónica. Siga mi LinkedIn
¡Obtenga firmas legalmente vinculantes ahora!
Prueba gratuita de 30 días con todas las funciones
Correo electrónico corporativo
Empezar
tip Solo se permiten correos electrónicos corporativos