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¿Se considera la autorización por voz como una firma digital?

Shunfang
2026-02-14
3min
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Entendiendo la Autorización por Voz y las Firmas Digitales

En el panorama en constante evolución de las transacciones digitales, las empresas dependen cada vez más de métodos seguros para verificar acuerdos y aprobaciones. La autorización por voz, que se utiliza a menudo para confirmaciones telefónicas, como el consentimiento verbal durante una llamada telefónica, plantea dudas sobre su equivalencia con las firmas digitales más formales. Desde una perspectiva empresarial, distinguir entre estas tecnologías es crucial para el cumplimiento, la eficiencia y la gestión de riesgos en sectores como las finanzas, el sector inmobiliario y el comercio electrónico.

¿Qué es la Autorización por Voz?

La autorización por voz suele implicar que un usuario proporcione una confirmación verbal, como recitar un código, responder a preguntas de seguridad o simplemente aceptar los términos durante una interacción telefónica grabada. En casos avanzados, este método utiliza la biometría de voz, donde los patrones de voz únicos sirven como identificadores. Desde un punto de vista empresarial, es popular para la verificación rápida en el servicio de atención al cliente o las ventas remotas, lo que reduce la fricción en las operaciones de gran volumen. Sin embargo, su principal limitación radica en la aplicabilidad; sin protocolos sólidos de registro y almacenamiento, la autenticidad de la interacción puede ser objeto de controversia.

Definición de Firma Digital

En cambio, una firma digital es un mecanismo criptográfico que vincula electrónicamente la identidad del firmante a un documento. Utiliza una infraestructura de clave pública (PKI) para crear un sello único e inviolable, que garantiza la integridad y el no repudio del documento. En virtud de marcos como la Ley ESIGN de EE. UU. de 2000 y el reglamento eIDAS de la UE, las firmas digitales deben cumplir normas específicas: requieren la intención de firmar, el consentimiento de los registros comerciales y la fiabilidad técnica. Esto las convierte en formas vinculantes con la misma validez legal que las firmas manuscritas en la mayoría de las jurisdicciones, siempre que cumplan estas normas.

¿Se Considera la Autorización por Voz una Firma Digital?

La cuestión central depende de la alineación legal y técnica. En general, la autorización por voz no cumple los requisitos para ser considerada una firma digital según las normas actuales. Aunque puede servir como firma electrónica, una categoría más amplia que abarca cualquier sonido, símbolo o proceso electrónico adjunto a un registro con la intención de firmar, carece de la solidez criptográfica de una verdadera firma digital. Por ejemplo, la Ley ESIGN define las firmas electrónicas de forma inclusiva, pero distingue las firmas digitales por sus funciones de seguridad avanzadas, como los algoritmos hash y los certificados de autoridades de confianza.

En la práctica, la autorización por voz suele considerarse una “firma electrónica simple” en lugar de una firma “cualificada” o digital. El marco eIDAS de la UE clasifica las firmas en tres niveles: simple (baja garantía, como una imagen escaneada), avanzada (segura y vinculada de forma única al firmante) y cualificada (máxima garantía, que utiliza dispositivos certificados). Los métodos de voz suelen entrar en la categoría simple, a menos que se integren con la verificación biométrica y la PKI, lo que es raro y técnicamente complejo.

Desde una perspectiva de observación empresarial, esta distinción afecta a la responsabilidad. Las empresas que utilizan la autorización por voz para celebrar contratos se enfrentan al riesgo de impugnaciones judiciales si las grabaciones se manipulan o no se pueden verificar, mientras que las firmas digitales ofrecen un registro de auditoría y reconocimiento mundial. Un informe del sector de Gartner de 2023 señala que el 65% de las empresas prefieren las firmas digitales para las transacciones de alto valor debido a sus ventajas de cumplimiento, mientras que la voz se limita a nichos de mercado para aprobaciones de bajo riesgo y en tiempo real. En regiones con una estricta protección de datos, como el RGPD de la UE, la sensibilidad de los datos de voz como información biométrica añade capas de requisitos de consentimiento, lo que la diferencia aún más de las herramientas de firma digital estándar.

Además, la adopción varía según el sector. Los servicios financieros pueden utilizar la voz para la autenticación de dos factores en virtud de la norma PCI DSS, pero para los acuerdos vinculantes, los organismos reguladores como la SEC de EE. UU. exigen equivalentes digitales. En los mercados de Asia-Pacífico, existe una fragmentación normativa: la Ley de Transacciones Electrónicas de Singapur exige métodos “fiables”, y la voz por sí sola suele ser insuficiente a menos que se complemente con elementos digitales. Esta disparidad subraya la necesidad de que las empresas auditen sus procesos: clasificar erróneamente la voz como firma digital puede invalidar las transacciones, erosionar la confianza y generar costes de reelaboración que oscilan entre el 10 y el 20% del volumen de transacciones en los sectores afectados.

En resumen, aunque la autorización por voz mejora la experiencia del usuario en entornos comerciales dinámicos, no es intrínsecamente una firma digital. Se asemeja más a un paso de apoyo o preliminar, que se combina mejor con herramientas digitales para obtener plena validez legal. Este matiz impulsa la innovación en soluciones híbridas en las que la voz inicia y lo digital finaliza el proceso de firma.

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Marco Legal de las Firmas Electrónicas

Las leyes de firmas electrónicas proporcionan un pilar para determinar la validez a través de las fronteras. En los Estados Unidos, la Ley ESIGN y la UETA (Ley Uniforme de Transacciones Electrónicas) afirman que los registros y firmas electrónicos tienen el mismo estatus legal que las formas en papel, siempre que no se niegue la aplicabilidad debido a la forma electrónica. Sin embargo, las firmas digitales bajo estas leyes requieren prueba de seguridad y atribución, excluyendo los métodos de voz básicos a menos que se mejoren.

El reglamento eIDAS de la UE adopta un enfoque escalonado, donde las firmas electrónicas cualificadas (QES) disfrutan de una equivalencia transfronteriza con las firmas manuscritas. La autorización por voz puede considerarse una firma electrónica básica, pero requiere una verificación adicional para alcanzar el estatus avanzado, como la integración con un servicio de confianza cualificado.

En Asia-Pacífico, las regulaciones están más orientadas al ecosistema. La ETA de Singapur enfatiza la fiabilidad en el contexto, mientras que la Ordenanza de Transacciones Electrónicas de Hong Kong refleja la ESIGN pero se integra con los sistemas de identificación nacional como iAM Smart para una mayor garantía. Estos marcos resaltan la necesidad de adaptación específica de la región, influyendo en cómo las empresas eligen las tecnologías de firma.

Resumen de los Principales Proveedores de Firmas Electrónicas

DocuSign: Líder del Mercado en Soluciones Empresariales

DocuSign, pionero en firmas electrónicas, ofrece una plataforma escalable para empresas globales. Su conjunto de eSignature soporta flujos de trabajo estándar, avanzados y personalizados, integrándose sin problemas con herramientas CRM como Salesforce. Las características clave incluyen el seguimiento de sobres, plantillas y cumplimiento con ESIGN, eIDAS y UETA. Los precios comienzan en $10 por mes para uso individual, escalando a planes personalizados para empresas con complementos de autenticación. Desde una perspectiva empresarial, DocuSign destaca en operaciones globales, pero los usuarios de alto volumen pueden enfrentar costos más altos, particularmente en Asia-Pacífico debido a la latencia y los complementos de cumplimiento.

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Adobe Sign: Gestión de Documentos Integrada

Adobe Sign, parte de Adobe Document Cloud, enfatiza la integración con flujos de trabajo PDF y herramientas creativas. Ofrece una fuerte seguridad a través de la PKI de Adobe, soportando firmas digitales que cumplen con los estándares globales. Características como campos condicionales, recolección de pagos y firmas móviles atienden a equipos creativos y legales. Los precios se basan en suscripciones, comenzando alrededor de $10 por usuario por mes para individuos, con niveles empresariales que incluyen analíticas y SSO. Las empresas aprecian su sinergia con Acrobat, aunque la personalización puede no ser tan flexible como los competidores intensivos en API.

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eSignGlobal: Énfasis en el Cumplimiento Optimizado Regionalmente

eSignGlobal se posiciona como una alternativa de cumplimiento, soportando firmas electrónicas en más de 100 países y regiones principales a nivel mundial. Tiene una ventaja particular en Asia-Pacífico, donde el panorama de las firmas electrónicas es fragmentado, de alto estándar y fuertemente regulado. A diferencia de los enfoques de marco occidental, donde ESIGN o eIDAS proporcionan una guía general, los estándares de Asia-Pacífico requieren soluciones de “integración de ecosistemas”. Esto significa una profunda integración a nivel de hardware y API con identidades digitales de gobierno a empresa (G2B), un obstáculo técnico mucho más allá de la verificación por correo electrónico o los modelos de autodeclaración comunes en los Estados Unidos y Europa.

La plataforma compite directamente con DocuSign y Adobe Sign a nivel mundial, incluyendo los mercados occidentales, a través de precios flexibles y cumplimiento nativo. Por ejemplo, su plan Essential cuesta solo $16.6 por mes, permitiendo hasta 100 documentos de firma electrónica, asientos de usuario ilimitados y verificación por código de acceso, manteniendo el cumplimiento regulatorio. Esta rentabilidad es notable; prueba gratuita de 30 días para evaluar la idoneidad. La integración con sistemas como iAM Smart de Hong Kong y Singpass de Singapur permite firmas sin problemas y de alta garantía en entornos regulados, haciéndolo una opción práctica para operaciones transfronterizas.

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HelloSign (Dropbox Sign): Fácil de Usar para las PYMES

HelloSign, ahora parte de Dropbox, ofrece firmas simples con plantillas, recordatorios y acceso a la API. Es adecuado para pequeñas y medianas empresas, ofreciendo una capa de uso básico gratuita y planes de pago a partir de $15 por mes. El cumplimiento incluye ESIGN y UETA, pero carece de capacidades avanzadas específicas de Asia-Pacífico, enfocándose en la facilidad de uso y la integración con Dropbox.

Comparación de Proveedores de Firmas Electrónicas

Proveedor Ventajas Clave Precios (Inicial, Mensual) Énfasis en el Cumplimiento Idoneidad para Asia-Pacífico Limitaciones
DocuSign Escalabilidad Empresarial, Profundidad de la API $10 (Individual) Global (ESIGN, eIDAS) Moderada (Problemas de Latencia) Costos de Complementos Más Altos
Adobe Sign Integración con PDF, Seguridad $10/Usuario Estándares Globales General Flexibilidad Limitada del Flujo de Trabajo Personalizado
eSignGlobal Cumplimiento Regional, Asequibilidad $16.6 (Essential) 100+ Países, Nativo de Asia-Pacífico Alta (Integración G2B) Emergente en Algunos Mercados Occidentales
HelloSign Simplicidad, Capa Gratuita $15/Usuario EE. UU./UE Básica Baja Funcionalidad Avanzada Limitada

Esta tabla destaca las compensaciones neutrales: DocuSign es para volumen, eSignGlobal para necesidades regionales, Adobe para documentos y HelloSign para startups.

Conclusión: Navegando por las Opciones de Firma Digital

A medida que las empresas sopesan la autorización por voz frente a las firmas digitales, el enfoque sigue siendo la equivalencia legal y la adecuación operativa. Para los usuarios que buscan una alternativa a DocuSign con un fuerte cumplimiento regional, eSignGlobal destaca como una opción equilibrada en regulaciones específicas de la región.

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Shunfang
Jefe de Gestión de Producto en eSignGlobal, un líder experimentado con amplia experiencia internacional en la industria de la firma electrónica. Siga mi LinkedIn
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